Trámites de Situación Académica

La situación académica es la condición administrativa y académica que la persona alumna mantiene dentro del programa de posgrado. 

La situación académica está determinada por el cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos, los plazos establecidos en el plan de estudios vigente y las resoluciones emitidas por las instancias competentes, que en el caso del Programa de Ciencias Médicas, Odontológicas y de la Salud corresponde al Comité Académico, conforme al Reglamento General de Estudios de Posgrado, los Lineamientos Generales para el Funcionamiento del Posgrado y las normas operativas del programa.

Cambios en la situación académica. 
Toda solicitud de cambio en la situación académica deberá presentarse ante el Comité Académico del programa para su evaluación y resolución.

a) Suspensión temporal de estudios 

La persona alumna podrá solicitar durante las dos primeras semanas de cada ciclo escolar, la suspensión de sus estudios hasta por dos semestres, en los términos y plazos establecidos en el Reglamento General de Estudios de Posgrado, sin que ello afecte los plazos máximos de permanencia previstos en la normatividad universitaria.

b) Reincorporación al programa 

La persona alumna que haya obtenido suspendido sus estudios, podrá solicitar su reincorporación al programa, siempre que no haya excedido los plazos máximos establecidos en el plan de estudios vigente.

c) Plazo adicional para la conclusión de estudios

El  Comité Académico podrá otorgar un plazo adicional de dos semestres consecutivos para concluir los créditos y obtener el grado dentro de los plazos establecidos en el plan de estudios vigente.

El otorgamiento del plazo adicional deberá estar debidamente justificado y no exceder los límites establecidos en el propio plan de estudios.

d) Baja definitiva del programa 

La persona alumna será dada de baja definitiva del programa cuando incurra en alguna de las causales previstas en la normatividad universitaria, entre ellas:

  1. Haber obtenido una calificación no aprobatoria dos veces en una misma actividad académica;
  2. Haber recibido dos evaluaciones semestrales desfavorables de su tutor, tutores principales o de su comité tutor, según corresponda;
  3. Haber obtenido una segunda evaluación negativa en el examen de candidatura;
  4. Haber recibido una evaluación negativa en su segundo examen de grado;
  5. Por faltas de integridad académica resueltas por el Consejo Académico de Posgrado, y
  6. Por exceder los plazos establecidos en la modalidad del plan de estudios en que se encuentre inscrito sin haber concluido las actividades académicas o por no haber obtenido el grado correspondiente.

La persona alumna también podrá solicitar su baja definitiva voluntaria del programa.  

Para cualquier duda consultar el Reglamento General de Estudios de Posgrado (RGEP), los Lineamientos Generales para el Funcionamiento del Posgrado y el Plan de Estudios vigente.